La Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable recuerda a los vecinos propietarios y/o poseedores y/o tenedores de terrenos baldíos, que se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 155/2008, por la cual se establece la obligatoriedad de mantener dichos terrenos limpios y libres de malezas, basuras, residuos y de todo otro género de materias que signifiquen un riesgo real o potencial para la salud pública y el saneamiento ambiental.
En caso de verificarse incumplimientos a la citada normativa, se procederá a labrar la correspondiente acta de infracción y ulterior intimación al titular o responsable del inmueble.
Para que dé cumplimiento a dicha obligación, tendrá un plazo de 5 días, vencido el cual sin que se hubiere regularizado la situación, el Poder Ejecutivo Municipal quedará facultado para proceder a la limpieza, desocupación o remoción de los materiales o elementos existentes en el lote baldío con costo a cargo del obligado.
A partir del lunes 15 de febrero de 2016 se comenzará a cobrar la multa correspondiente. Se apela a la buena predispodisición de los vecinos para no llegar a esta instancia.
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